Con el auge de los modelos de Compliance, son muchas las empresas españolas que, en los últimos años, han implantado sus propios canales de denuncia. Sin embargo, la mayoría de potenciales denunciantes no confía en que se respete la confidencialidad de las denuncias y, como consecuencia, aparece el miedo a sufrir represalias por parte de jefes o compañeros. Ello se traduce en la escasa utilización de estos canales.

Para evitar estas situaciones, el pasado mes de octubre se aprobó la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Una de las principales novedades de esta Directiva, es que obliga a empresas públicas y privadas a crear canales de denuncia internos. Resumimos a continuación los puntos clave:

Los canales de denuncia obligatorios en España

 

¿A quién afecta?

  • Entidades jurídicas privadas que tengan 50 o más empleados. Si bien la legislación nacional puede extender la obligación a aquellas que tengan menos empleados en función de sus actividades y nivel de riesgo.
  • Todas las entidades jurídicas públicas, incluidas las entidades que sean propiedad o estén sujetas al control de las anteriores.

¿Qué materias deberán incluirse en el ámbito objetivo de los canales de denuncia?

Infracciones relativas a determinadas materias del Derecho de la Unión Europea. Entre ellas: salud y bienestar animal, medio ambiente, seguridad del transporte, defensa de la competencia, contratación pública, seguridad de los productos, protección de datos personales, seguridad de los alimentos, salud pública, etc. La legislación nacional podrá incluir otras materias e infracciones.

¿Qué personas deben estar incluidas en el ámbito subjetivo de los canales de denuncia?

La Directiva hace una clara apuesta por los canales de denuncias abiertos, optando por una definición amplia de “denunciantes”:

  • Empleados o ex empleados, por cuenta propia o ajena, del sector privado o público.
  • Accionistas y miembros del órgano de administración.
  • Voluntarios.
  • Trabajadores en prácticas no remunerados.
  • Contratistas, subcontratistas y proveedores.
  • Candidatos.

¿Qué requisitos deben cumplir los canales de denuncia?

  • Definir cauces para recibir denuncias que garanticen la confidencialidad de la identidad del denunciante y se impida el acceso al personal no autorizado.
  • Designar la persona u órgano competente para tramitar las denuncias, que tramite de manera diligente las denuncias.
  • Acusar recibo al denunciante en el plazo de siete días e informarle sobre la tramitación en un plazo no superior a tres meses.
  • Facilitar información clara y fácilmente accesible sobre los procedimientos de tramitación de las denuncias.

¿Qué medidas de protección del denunciante se prevén?

La Directiva enuncia una serie de medidas genéricas, pero serán los Estados miembros los que deban adoptar las medidas concretas para garantizar la protección de los denunciantes. Entre dichas medidas se incluye la aplicación de sanciones para aquellos que intenten impedir la presentación de denuncias, adopten represalias o incumplan el deber de confidencialidad.

Esta protección no sólo se extiende a las represalias que pueda sufrir el denunciante, sino también terceros vinculados con él como compañeros de trabajo, familiares o entidades que sean de su propiedad.

 

En definitiva, habrá que esperar a la aprobación de la legislación nacional que transponga la Directiva para conocer cómo se concretarán estas nuevas obligaciones.

No obstante, lo que sí es seguro es que las empresas españolas tendrán que invertir sus esfuerzos en crear sus canales de denuncia internos o bien adaptar a la nueva regulación los ya existentes. Para facilitar esta tarea, la Directiva prevé expresamente la posibilidad de externalizar la recepción de las denuncias en un proveedor especializado, que proporcione una plataforma de denuncias (como Ethicos de Elece Legal), mediante la que se garantice la independencia, confidencialidad, protección de datos personales y secreto de las comunicaciones.

Si quieres más información sobre nuestra herramienta para gestionar canales de denuncia, ponte en contacto con nosotros o visita el sitio web de Ethicos.